Ago 02, 2021 Servicio de noticias SAN JUAN
Un siniestro vial con consecuencias fatales se registró el jueves pasado en Capital, después de que un colectivo chocara con un motociclista y este último perdiera la vida en el incidente. Lo grave del acontecimiento, más allá del fallecimiento del joven de 22 años, fue que se comprobó que el chofer involucrado conducía bajo los efectos de drogas. A pesar de ello, fue beneficiado con la excarcelación.
Para una parte de la opinión pública, que se expresó a través de las redes sociales, la decisión sobre la liberación resultó polémica dada la magnitud del hecho. En ese espacio virtual en el que los sanjuaninos expresan sus opiniones, la mayoría mostró preocupación por la liberación del conductor de transporte público que ejercía sus tareas bajo los efectos de la marihuana.
Es que después de producido el incidente, que se cobró la vida de Fabricio Javier Flores, el colectivero identificado como José Gerardo Moya, que trabaja en la empresa Albardón, dio positivo en el examen de toxicología por la sustancia THC y por ello fue imputado por homicidio culposo agravado.
Por ese motivo, Tiempo de San Juan consultó con dos especialistas en Derecho Penal que -con el debido cuidado- analizaron lo ocurrido y opinaron sobre la calificación como así también sobre el beneficio concedido al conductor. Ambos coincidieron en que, dentro del marco legal, la excarcelación es correcta pues el delito que se le achaca -segundo párrafo del art. 84 bis- prevé una pena menor de 3 años de prisión y ello es suficiente para otorgar el beneficio.
Aún así, uno de los abogados consultados indicó que la decisión podría resultar controvertida por el encuadre de la acción penal, que se podría haber ajustado a un dolo eventual. La Dra. Romina Vargas Chirino, sostuvo que si fuera parte de la querella habría planteado el dolo eventual, ya que el conductor aun sabiendo el daño que podía provocar el consumir droga antes de conducir un transporte público, continuó haciéndolo y no descartó el resultado que podía llegar a ocurrir.
«Como no está claro cuándo fue que consumió, todo el mundo sabe el efecto que tienen las sustancias en el cuerpo de las personas, ya que afecta las facultades motoras. Además no es un conductor cualquiera, se trata de un profesional con pasajeros bajo su responsabilidad», destacó.
Para Vargas Chirino, los atenuantes en el caso finalmente pesaron más y por ello quedó en libertad mientras se investiguen los hechos.
Por otro lado, el Dr. Franco Marchese explicó que para interpretar la decisión del juez de Garantías Andrés Abelín, que resolvió su liberación, es necesario separar lo objetivo de lo subjetivo. «Lo objetivo es que hablamos de un delito excarcelable, pese a la muerte ocasionada. Si el mínimo de la pena (3 a 6 años de prisión) se cumple, el juez tiene razón en conceder el beneficio», manifestó.
Sobre lo subjetivo advirtió que el magistrado debió haber evaluado que el imputado tiene arraigo en la provincia, con un domicilio establecido y familia, es decir que no habría peligro de fuga y que su liberación tampoco entorpecería la investigación. Como tampoco tenía antecedentes penales, la Fiscalía desistió en pedir una prisión preventiva y todo ello confluyó en que quedó en libertad.
Además, la mecánica del siniestro podría haber oficiado de atenuante para el conductor, ya que -según los peritos- el motociclista lo impactó cuando el micro ya tenía el paso en el cruce en la intersección de calle Las Heras y Lateral Norte de Circunvalación. El rodado de menor porte habría impactado a la unidad en su costado trasero.
Concretamente, fuentes judiciales aseguraron que si bien el chofer dio positivo en el consumo de marihuana, resulta casi imposible establecer cuándo lo hizo. En teoría, no habría forma de saber cuánto y cuándo consumió, si lo hizo media hora antes de subir al colectivo o si lo hizo 30 días antes. Esta imprecisión se debe a la falta de tecnología que hay al servicio de la justicia de la provincia, según dijeron.
Fuente: Tiempo San Juan
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