Ene 08, 2021 Servicio de noticias NACIONALES, SAN JUAN
Los 24 gobernadores avalaron en términos conceptuales la decisión presidencial de restringir las actividades frente al aumento geométrico de contagiados por el COVID-19, pero la resistencia puntual de Córdoba, Mendoza y Ciudad de Buenos Aires respecto a la prohibición de circular de noche que propuso Alberto Fernández, determinó un cambio de estrategia sanitaria y política para enfrentar a la pandemia que no da tregua desde marzo de 2020.
En este sentido, y para evitar una fractura institucional entre ciertas provincias y Nación, el Presidente aprobó anoche la redacción de un decreto reglamentario que establece parámetros técnicos destinados a establecer la responsabilidad institucional de los gobernadores ante el incremento de los casos de contagios. Así será Sergio Uñac, en San Juan, quien tome las medidas según los parámetros que hoy el Gobierno Nacional dio a conocer.
Acorde a la información que maneja este medio, desde la Provincia esperan que primero salga el decreto para luego tener algún tipo de definición y, una vez que eso haya sucedido, la darán a conocer el próximo lunes. Mientras tanto, habrá incertidumbre sobre qué pasará en el territorio local.
El vicegobernador a cargo del Poder Ejecutivo, Roberto Gattoni, señaló que los equipos de trabajo del Comité Covid-19 y del Gobierno provincial analizarán los detalles técnicos del decreto. «El gobernador Uñac me ha expresado que ante esta situación se ha buscado siempre un equilibrio entre lo económico y lo sanitario. Cuidar la salud sin descuidar la economía de la provincia», sostuvo.
Con respecto al alcance de las medidas anunciadas por el Gobierno nacional, Gattoni afirmó que en la provincia continuarán los protocolos vigentes mientras se analiza el decreto nacional, «estudiaremos los detalles del DNU en base a los indicadores de riesgo epidemiológico de la provincia de San Juan”, señaló tras dialogar con el primer mandatario provincial.
En la conferencia de prensa que ofreció el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, aclararon que la decisión de imponer las restricciones corre por cuenta de cada gobernador de acuerdo a su realidad. «Lo que hacemos es fundamentar el riesgo epidemiológico, definir cuáles son los indicadores de riesgo y, sobre ellos, los gobernantes deberán tomar acciones. Son ellos los que tienen que tienen que imponer restricciones cuando ese riesgo se presente.
Alberto Fernández junto a Cafiero y al ministro de Salud, Ginés González García, firmaron un decreto que reglamenta el artículo cuarto del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que estableció la actual etapa de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO).
“LÍMITES A LA CIRCULACIÓN: en atención a las condiciones epidemiológicas y a la evaluación de riesgo en los distintos aglomerados, departamentos o partidos de la Jurisdicción a su cargo, las autoridades Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán dictar normas reglamentarias para limitar la circulación por horarios o por zonas, con el fin de evitar situaciones que puedan favorecer la propagación del virus SARS-CoV-2″, ordena el artículo 4 del DNU 1033/2020 que fijó las condiciones del actual período de DISPO que vence a fin de mes.
“La única intención que tengo es evitar que el COVID-19 nos complique aún más la vida. Entonces, como hubo reparos respecto a mi propuesta original, voy a firmar mañana (por hoy) un decreto reglamentario que establece dos requisitos técnicos que cumplidos traslada a los gobernadores la responsabilidad de restringir las actividades y la circulación nocturna”, explicó Alberto Fernández en Olivos.
El decreto a la firma del Presidente establece estos dos requisitos técnicos diseñados por la cartera de Salud, y explica además que los gobernadores tomarán las medidas restrictivas cuando los dos requisitos estén al mismo tiempo.
Esos dos requisitos técnicos consisten en lo siguiente:
1. Habrá un primer coeficiente de contagiados que se hará comparando los contagios de la última quincena de diciembre de 2020 con la primera quincena de 2021. Ese coeficiente se actualizará por quincena.
2. Ciudades con más de 150 contagios cada 100.000 habitantes.
Si la suba de afectados por COVID-19 supera el coeficiente elaborado por Ginés González García, y hay más de 150 contagiados en una ciudad o localidad con más de 100.000 habitantes, el gobernador respectivo “deberá dictar normas reglamentarias para limitar la circulación por horarios o por zonas”.
El decreto que firmará Alberto Fernández -por lo menos en su último borrador- establece que los gobernadores tienen la facultad de actuar cuando se dan los dos requisitos técnicos al mismo tiempo y solo se restringirían las actividades diurnas.
Pero la lógica jurídica cambia cuando se trata de la circulación nocturna. Desde esta perspectiva, el decreto impondría que los gobernadores deberán prohibir la circulación por las noches si los dos requisitos -coeficiente de contagios y más de 150 contagiados por 100.000 habitantes- se conjugan en el mismo momento.
Lo único que pretende Alberto Fernández es contener la suba abrupta de los contagiados de COVID-19, frente a un relajamiento social que puede causar estragos en toda la Argentina.
Dic 01, 2023 0
Carlos Platero, futuro ministro de la Familia y Desarrollo Humano, compartió los detalles del cronograma para la temporada 2024. Cada vez falta menos para que asuma la nueva gestión encabezada por Marcelo Orrego. Uno de los puntos destacados en la agenda es el inicio de las tradicionales...