Jun 26, 2021 Servicio de noticias SAN JUAN, SOCIALES
Por : Gerardo Bustos
«Es deber del personal policial someterse a controles y evaluaciones relativas a la faz psicofísica, de estupefacientes, alcoholemia, aptitudes y competencias, en cualquier momento constituyendo su negativa una falta grave», reza el inciso 12º del artículo 25ª de la Ley Nº 298-R, la que regula los derechos y deberes de los miembros de la Policía de San Juan.
Teniendo en cuenta este inciso, desde la Secretaría de Estado de Seguridad y Orden Público realizaron un protocolo para hacerles exámenes a los efectivos sanjuaninos para determinar si llegaron a cumplir sus funciones en estado de ebriedad o bajo los efectos de algún estupefaciente. Se trata del «Protocolo de Actuación Médico Legal-Toxicológico para el Personal Policial» y fue publicado el pasado lunes 7 de junio, en el Boletín Oficial.
Si bien se publicó hace dos semanas, «los dosajes se vienen llevando a cabo desde hace tiempo, solamente que ahora se aprobó una forma homogénea y protocolar que se debe cumplir en todos los casos al momento de realizar estos exámenes a los efectivos sanjuaninos. Antes, a veces se hacía únicamente la prueba de la pipeta; otras veces el dosaje de orina. Ahora, hay un orden procedimental que define cómo se debe actuar», expresó Eduardo Gallastegui, a cargo de la Subsecretaría de Inspección y Control de la Gestión de la Seguridad Pública. Por otro lado, el subsecretario de Estado de Seguridad y Orden Público, Abel Hernández, afirmó que, para que se active el protocolo, debe haber alguna «sospecha» sobre el efectivo en cuestión, no está permitido hacer exámenes de manera azarosa.
¿En qué consiste el protocolo?
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